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¿SABÍAS QUÉ…? PRESTACIÓN DEL CÓNYUGE GESTANTE

Desde INNOVACIÓN SINDICAL informamos que el cónyuge gestante mantiene la prestación por nacimiento y cuidado del menor en caso de fallecimiento fetal durante el embarazo o parto, pero no el cónyuge no gestante

05/08/2024                                                                                             

Ya no hay distinción entre baja maternal y paternal, ambos permisos están equiparados en 16 semanas y se denominan Permiso por nacimiento y cuidado de menor. De este modo también se incluyen los diferentes tipos de familias. Pero, ¿qué ocurre si el feto fallece durante la gestación, en el parto o semanas después del nacimiento?

Si se han superado los 180 días de gestación,  la madre conserva la prestación de 16 semanas salvo que a partir de la sexta, voluntariamente, quiera extinguirlo. El cónyuge no gestante no tiene derecho a la prestación.

Si no se han alcanzado los 180 días de gestación, la madre no podrá acogerse a la prestación por nacimiento y cuidado del menor, pero, si el hecho no le permite incorporarse a su actividad, podrá acceder a una incapacidad temporal «mejorada», es decir, se cobra desde el primer día el 60% y a partir del 20° cobrará el 75%. No hace falta haber cotizado 6 meses en los últimos 5 años como en las bajas médicas convencionales

Si el fallecimiento es durante el parto o pocas semanas después, el cónyuge tendrá derecho a la baja y prestación de 16 semanas, siendo a partir de la sexta voluntaria. En el caso del cónyuge no gestante, aunque ha habido cierta controversia jurídica, se recomienda solicitarla pero es muy posible que se le deniegue en el caso que el fallecimiento haya sido en el parto o se le extinga si el fallecimiento ha sido en las semanas siguientes al nacimiento.

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