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IS. CONSIGUE QUE EL DESPIDO DE UN TRABAJADOR DE MERCADONA SEA RECONOCIDO IMPROCEDENTE

MERCADONA le notificó a un afiliado de INNOVACIÓN SINDICAL que estaba despedido por motivos disciplinarios, es decir, sin derecho a indemnización por actos graves del trabajador contra la empresa

16/12/2024

INNOVACIÓN SINDICAL, por contra, ha defendido que la víctima de agresión empresarial era el trabajador que estaba sufriendo discriminación por parte de la empresa debido a una enfermedad que, si bien aún no ha sido declarada incapacitante, si había sido considerada que requería la adaptación del puesto de trabajo.

El mismo día de su incorporación tras su baja médica, INNOVACIÓN SINDICAL emite comunicación a MERCADONA advirtiendo que las tareas que se le encomienda al trabajador son contrarias a la obligación que la empresa tiene de preservar la seguridad y la salud de las personas a las que emplea y que, en caso de enfermedades limitantes, no es la persona trabajadora quien se tiene que adaptar al puesto de trabajo sino el puesto de trabajo a la persona trabajadora, conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

De manera instantánea, de modo que por parte de Mercadona existía reconocimiento y admisión de las limitaciones del trabajador, la empresa adapta el puesto de trabajo de acuerdo con el trabajador, pero, solo unos días después, lo despide argumentando razones disciplinarias que punto por punto han quedado desmontadas y revertidas.

La empresa ha contactado varias veces con el sindicato advirtiendo que las pruebas contra el trabajador eran contundentes, pero ni INNOVACIÓN SINDICAL ni el trabajador se han dejado intimidar por la presión de esta empresa. Para el sindicato y el trabajador solo había una salida posible y tenía que ser ajustada a derecho y reconocer el desprecio de la empresa por la salud de las personas trabajadoras, bien a través de la reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo con la adaptación legal a su salud o bien el reconocimiento de un despido sin causa justificada y la indemnización correspondiente.

El día del juicio, que se celebró en el Juzgado de lo Social Nº 6, de Almería, MERCADONA no tuvo más opción que reconocer que el despido no solo no obedecía a mala praxis del trabajador, sino que ha sido la propia empresa la que ha actuado de manera irregular y con desdén con el trabajador, admitiendo la improcedencia del despido e indemnizándole por el perjuicio causado.

INNOVACIÓN SINDICAL, al no ser una organización subvencionada por las administraciones ni subsidiadas por las empresas a través de liberaciones sindicales, tiene capacidad, como ha quedado demostrado una vez más, para enfrentarse a cualquier empresa y mirarle de frente ante el abuso que cualquiera que pretenda ejercer con las personas trabajadoras, atendiendo en exclusiva a la defensa de los intereses de las personas afiliadas.

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