La empresa PULIMENTOS GARES SL, que presta el servicio de limpieza en Smurfit Kappa Mengíbar, ha sancionado al Secretario General de la Sección Sindical de INNOVACIÓN SINDICAL vulnerando explícitamente sus derechos laborales. El trabajador, que disponía de tres días de descanso en su cuadrante ha sido sancionado por no haber interrumpido su descanso a petición de la empresa para prestar servicio durante el mismo y no justificar dicha imposibilidad
17/09/2024
La empresa PULIMENTOS GARES S.L., del sector de la limpieza de edificios y locales, que presta servicio en la empresa SMURFIT KAPPA ESPAÑA de Mengíbar, ha sido varias veces denunciada por INNOVACIÓN SINDICAL ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Jaén por vulnerar ampliamente los derechos de las personas que allí trabajan, como son los de la jornada, descansos, prevención, conciliación, retrasos en los abonos de nóminas, destacando, entre otras más, la denuncia sobre altas temperaturas que alcanzaban los 50°C, y que estaba tan fundamentada como que un trabajador sufrió un golpe de calor que puso en riesgo la propia vida del empleado
No esperábamos una respuesta de la empresa tendente a subsanar las deficiencias en la organización de trabajo que afectan a las condiciones de trabajo de la plantilla y a sus derechos porque, de hecho, la empresa se niega a dialogar con INNOVACIÓN SINDICAL que tiene constituida su sección sindical.
PULIMENTOS GARES, siendo su cliente SMURFIT KAPPA ESPAÑA consentidora de la política laboral de esta, responde a una plantilla que ya no les ha quedado más opción que la de contestar a los continuos abusos patronales, en el sentido habitual de las empresas que tienen un concepto patrimonial de los hombres y mujeres que tienen en nómina.
Y entre lo más reciente acontecido, PULIMENTOS GARES ha sancionado al Secretario General de la Sección Sindical de INNOVACIÓN SINDICAL. El trabajador disponía de tres días de descanso en su cuadrante. Durante el primero de los días de descanso, la empresa le comunica, en el teléfono personal del trabajador, que tiene que prestar servicio en el último día de descanso. El trabajador informa que no puede y la empresa le sanciona por no haber interrumpido su descanso para prestar servicio y no justificar dicha imposibilidad.
El cúmulo de incumplimientos que la empresa admite en la propia carta de sanción causa estupor y es paradigmática del tipo de empresas que no deberían tener cabida en el mercado laboral. Incumplen sin reparos y reconociéndolo explícitamente el derecho a la desconexión digital, el derecho a la conciliación y el derecho a mantener en el ámbito privado las cuestiones personales que se hacen en los días de descanso. Implícitamente no cabe duda que la condición sindicalizada de la mayor parte de la plantilla es el trasfondo de esta peculiar sanción.
La empresa ni tan siquiera sustenta en ningún precepto del convenio o del Estatuto de las Personas Trabajadoras en que basa la sanción sino que la ponen en base a su propia ley.
INNOVACIÓN SINDICAL pretende que la sanción cambie de bando y que sea la empresa la que sea sancionada por los incumplimientos hacia los derechos laborales y sindicales del trabajador. Por todo ello, IS., ha acudido también, en otra ocasión más, a la Inspección de Trabajo, exigiendo una mejora de las condiciones laborales de los y las profesionales que están viendo como sistemáticamente son vulnerados sus derechos extendiéndose incluso a los fundamentales.