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VICTORIA JUDICIAL DE IS. EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA RECONOCE QUE LOLA GARCÍA NUNCA HA DEJADO DE SER REPRESENTANTE DE SUS COMPAÑERAS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), reconoce en una reciente sentencia, la lesión de los derechos fundamentales de Lola García, Delegada Sindical del personal de limpieza de los Institutos de la provincia e Innovación Sindical, declarando que la conducta de la empresa Mabraser XL S.L., de denegar el crédito horario solicitado por la representante sindical desde el 2022 no es ajustada a derecho. Condenando a la nombrada empresa a que cese inmediatamente en su postura y que se restablezca en la integridad de sus derechos al momento anterior a producirse la lesión del derecho fundamental.

Lola García, a pesar de la postura antisindical de la empresa citada y de ccoo, que incluso testificó de la mano de la empresa, de hecho, fue de testigo de parte y citada de la mercantil, para testificar en contra de otra delegada y en contra de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, nunca ha dejado de ser Delegada de todas las compañeras de limpieza de institutos en una contundente sentencia. La verdad solo tiene un camino y es un camino en el que cabalga Innovación Sindical y del que hace tiempo se descabalgó el pseudo sindicato ccoo, que orquesta estrategias de confusión contra representantes de las personas trabajadoras legítimamente elegidas y pone a disposición de los intereses empresariales a sus delegadas, como ha sido el caso de la delegada citada anteriormente.

 05/11/2024                                                                                                

Este dictamen judicial tiene su origen en el año 2022, cuando  la compañera Dolores García, junto a centenares de limpiadoras/es, decidió incorporarse al proyecto de Innovación Sindical, donde fue nombrada Responsable del sector de limpieza. Ella había sido elegida delegada, condición que mantenía a pesar de estar desvinculada del sindicato por el cual se presentó.

La empresa, que entonces gestionaba el servicio de limpieza del centro educativo donde ella presta servicio, MABRASER, no le reconoció su condición de delegada aún no existiendo ni revocación, ni dimisión ni finalización de su mandato. La vulneración del derecho fundamental hacia la Delegada Sindical y hacia Innovación Sindical motivó que el sindicato, y Lola Garcia, denunciara ante el Juzgado de lo Social esta vulneración, sin embargo, a pesar de aportar el acta de las elecciones sindicales donde resultó elegida y una certificación de la Delegación de Empleo de que mantenía esa condición de delegada, la jueza no reconoció el derecho de la trabajadora. Bien es cierto que contribuyeron a ese fallo (que lo fue en todo su significado), una delegada del pseudo sindicato ccoo y el propio pseudo sindicato. La delegada, identificada en las sentencias, porque siendo representante de las trabajadoras declaró en contra de otra compañera del Comité de empresa y en favor de la empresa; y el pseudo sindicato ccoo porque deliberadamente omitió el nombre de Lola García en el listado de las delegadas que habían sido elegidas por su candidatura a la empresa entrante, en aquel entonces, MABRASER. No obstante, la empresa, aun demostrándoles que la compañera Lola había sido elegida, prefirieron dar largas en el juzgado.

Ante esta injusticia, Innovación Sindical ha demostrado judicialmente la conducta dolosa, atentatoria a la libertad sindical incumpliendo el E.T. y la Ley  Orgánica de Libertad Sindical en el proceder de la empresa de limpieza de institutos. Además, el Tribunal Superior de Justicia va más allá, y declara que no está justificada la denegación del crédito horario, porque el cambio de afiliación sindical no afecta para nada al cargo ni al mandato de la representante de las trabajadoras. Tampoco afecta a Lola por ser objeto de subrogación porque lo fundamental es la existencia del centro de trabajo por el cual fue elegida.

Desde Innovación Sindical mostramos satisfacción por esta resolución, ya que va en la línea defendida desde el principio de nuestra fundación, y porque, el TSJA, de cabo a rabo, enmienda la sentencia del juzgado de lo social de Jaén, reconociendo la condición de representante sindical de Lola García desde el año 2019, y el ataque a la condición sindical de la trabajadora y de INNOVACIÓN SINDICAL, que tiene que ser reparado y debe de ser asumido por la empresa que subrogó a la trabajadora con todos sus derechos, incluidos los que ahora se les reconoce.

Está sentencia del TSJA viene a poner a cada uno en su sitio. A Lola García en el Comité de Empresa, al pseudo sindicato ccoo y a su delegada como un sindicato amarillo y servil a los intereses de las empresas y agresor a la clase trabajadora.

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